Queda pendiente de votación en el Pleno el dictamen elaborado en la comisión de Economía para que el régimen sea de carácter permanente, con modificaciones al REJA original.
Con 61 congresistas a favor, 8 en contra y 18 abstenciones, el Pleno del Congreso no logró aprobar la insistencia de la la norma que amplía el régimen de jubilación anticipada (REJA) al 2021; el mismo que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del 2018.
En la sesión ordinaria, la presidenta de la comisión de Economíadel Congreso, Mercedes Aráoz, pidió que el dictamen de su comisión pase a un cuarto intermedio.
Asimismo, criticó que se debata la propuesta de ampliación de la Comisión de Trabajo —observada por el Ejecutivo—, dado que es inconstitucional en tanto se busca prorrogar una ley cuya vigencia ya culminó.
[LO ÚLTIMO] #Pleno no aprueba insistencia #PL que propone ampliar la vigencia del Régimen Especial de Jubilación Anticipada #REJA para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones. Dictamen de Comisión de Economía pasa a un cuarto intermedio.
— Congreso del Perú (@congresoperu) March 14, 2019
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Como se recuerda, en diciembre del 2018, el Gobierno observó la autógrafa de la norma señalando que se trata de un régimen especial que “desde sus orígenes tuvo carácter transitorio”. Frente a ello, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congresoaprobó por mayoría insistir ante el pleno la autógrafa, en los primeros días de enero.
En paralelo, la Comisión de Economía del Congreso elaboró y aprobó un dictamen que, en principio, plantea restablecer el REJA de carácter permanente. Pero también se aprobó modificar el texto único ordenado de la ley de las AFP y establecer cambios que impactarán a aquellos que buscan acceder a la jubilación anticipada ordinaria (JAO).
Dicho dictamen acumula también el proyecto de ley del entonces congresista Carlos Bruce, el que establece que quien busque acceder al régimen de jubilación anticipada deberá tener alrededor de S/158.100 acumulados en su fondo. Además, en caso de que la pensión calculada sea menor a dicho monto, se podrá acceder a la devolución del 50% de los aportes que el afiliado tiene en su cuenta. El saldo restante queda en la cuenta del afiliado hasta el momento de su jubilación.
